Con el voto en contra del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, la mayoría del pleno de la sala superior del Tribunal Electoral decidió ratificar el desechamiento de la denuncia presentada por los representantes de Morena ante el INE contra Enrique Ochoa Reza y/o quien resultara responsable de la pinta de bardas a favor de Andrés Manuel … Continued
Con el voto en contra del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, la mayoría del pleno de la sala superior del Tribunal Electoral decidió ratificar el desechamiento de la denuncia presentada por los representantes de Morena ante el INE contra Enrique Ochoa Reza y/o quien resultara responsable de la pinta de bardas a favor de Andrés Manuel López Obrador aparecidas en seis ciudades de Venezuela.
La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral había descartado atender la queja morenista respecto de lo que denominó una “estrategia sistemática y reiterada” del dirigente nacional priista para vincular al presidenciable izquierdista con el gobierno de Nicolás Maduro. Por el contrario —a juicio de los denunciantes— las bardas en Caracas, Maracaibo y otras cuatro municipalidades caribeñas revelarían un “probable financiamiento en el extranjero”.
Las fotos de las bardas en Venezuela atribuidas al Partido Socialista, la “conexión rusa”, la injerencia del estratega antichavista JJ Rendón… El presunto hostigamiento a Morena llegó al Tribunal Electoral y según el magistrado Rodríguez Mondragón, las pruebas y transcripciones presentadas por los quejosos contenían suficientes elementos para ordenar una indagatoria pero el magistrado ponente, Felipe Alfredo Fuentes Barrera, invocó al “principio dispositivo” y obtuvo el respaldo de la mayoría de sus colegas para desestimar esta polémica.
Pero en la sesión de la Sala Superior TEPJF, Morena no tuvo una jornada negativa. Y es que por unanimidad de votos, los magistrados ratificaron la resolución dictada por la Sala Regional Especializada en el procedimiento especial sancionador SRE-PSL-1/2018, en la que se declaró la inexistencia de los supuestos actos anticipados de campaña, atribuidos a López Obrador y Claudia Sheinbaum, luego de que el pasado 20 de noviembre encabezaran la presentación del Plan Nacional de Desarrollo, ante 10,000 delegados a la Asamblea Extraordinaria, en el Auditorio Nacional.
Dos días después, el PRI tramitó una queja por las presuntas irregularidades presentadas en la celebración y difusión en redes sociales de ese cónclave morenista. En primera instancia, los magistrados de la SRE juzgaron que, en el caso, no existieron las infracciones alegadas, ya que se trató de un evento privado, dirigido únicamente a la membresía partidista. El PRI impugnó esta determinación ante la Sala Superior, argumentando que la resolución de la SRE no está debidamente argumentada y que la valoración de los hechos que había realizado es incorrecta.
Al resolver el SUP-REP-13/2018, el pleno señaló que la valoración de la SRE, que califica el evento denunciado como uno de orden privado y no público, se basa en análisis de las pruebas aportadas, que demostraron que los actos que se llevaron a cabo en el Auditorio Nacional fueron únicamente dirigidos a la militancia de Morena. Asimismo, sostuvo que la Sala Regional expuso en la sentencia las consideraciones que la llevaron a esta conclusión. En cuanto al argumento de una incorrecta valoración de los hechos, expuesto por los representantes del PRI, la Sala Superior compartió las conclusiones de la SRE, relativas a la inexistencia de actos anticipados de campaña por tratarse de un evento dirigido exclusivamente a los militantes y simpatizantes de Morena, al no acreditarse que se hubiera emitido convocatoria a la ciudadanía en general.
Y respecto de la colocación de las pantallas en la entrada principal del Auditorio Nacional, los magistrados también consideraron que ésta tuvo la finalidad de otorgar a los militantes que no tuvieron acceso al foro la posibilidad de seguir el desarrollo de la asamblea. Finalmente, el Pleno señaló que la cobertura otorgada por los medios de comunicación al evento impugnado no le otorga a esta calidad de un evento público, ya que se dio en el marco del ejercicio de la libertad de prensa.
EFECTOS SECUNDARIOS
LLAMADO. A 150 días de la elección presidencial, Armando Ríos Piter convocó a Margarita Zavala y a Jaime Rodríguez el Bronco a construir una “plataforma única independiente para la Presidencia de la República”. Los tres —consideró el senador con licencia— son los únicos aspirantes que lograrán cumplir con los requisitos del INE para alcanzar la boleta electoral, pero si llegan los tres pulverizarían el voto contra el sistema de partidos, por lo que es necesario lanzar una candidatura única a la Presidencia. Zavala aceptó la invitación, pero le pidió esperar a que concluya el proceso.
MALAS NOTICIAS. Dentro de las posiciones más bajas a nivel regional y global, México enfrenta un rezago importante en la modernización de su sistema de justicia penal, particularmente en lo concerniente a la investigación policial y los ministerios públicos. Y aparece en el lugar 92 de 113 países en el Índice de Estado de Derecho del World Justice Project, una iniciativa en la que participa la investigadora mexicana Layda Negrete. México bajó cuatro posiciones respecto de la medición anterior y se colocó por debajo de Malawi (66), El Salvador (79), Irán (80), Zambia (83), Filipinas (88), y Rusia (89).
SALDOS. En Filadelfia, las ventas de los embotelladoras cayeron 29% tras de la imposición de un impuesto especial a las bebidas edulcoradas, mientras que en la periferia de esa ciudad aumentaron 26 por ciento. La correlación es evidente, según consta en el estudio The Economic Impact of Philadelphia’s Beverage Tax, elaborado por Oxford Economics y la American Beverage Association.