¿Por qué los clientes además de pagar por lo adquirido tenemos que emplear nuestro tiempo en efectuar el trabajo que debe hacer el que obtuvo una ganancia con nuestra compra?
El motivo de esta columna tiene que ver con la absurda manera de facturación que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Secretaría de Hacienda permite, según los interesados —los interesados en pagar menos impuestos— es decir los comerciantes y prestadores de servicio, que éstos no tengan la obligación de enviar, vía electrónica, facturas de compra a sus clientes, forzando a éstos a generar la factura por sus propios medios buscando el sitio de internet donde, supuestamente, éstos pueden facturar sin problemas. Pero la realidad, en muchos casos, es otra. Una vez contactado el sitio de internet donde, hipotéticamente, el cliente va a facturar sin ningún problema, el clic lo manda a otros vínculos: páginas o sitios de ventas de facturas, portales en reparación, ofertas especiales o menús del día. El caso es que después de perder el tiempo tratando de facturar uno se desiste a hacerlo lo cual, desde mi óptica y mi lógica, permite al que vendió evadir impuestos. ¿Qué le hace pensar al SAT, además de que todos los contribuyentes tenemos computadora y cuenta de internet, que los sitios que proporcionan los que venden son de fácil acceso para en cuestión de minutos lograr una factura?
Hasta hace poco tiempo me defendía yo de los comerciantes y prestadores de servicios reacios a expedir facturas mediante un comunicado del SAT cuya fotografía un amigo me envío y que yo les mostraba, logrando casi siempre convencerlos a enviar dicho documento, si bien, más de alguno prometía remitirlo sin hacerlo. Dicho comunicado con los logotipos oficiales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Servicio de Administración Tributaria con fecha del 5 de octubre del 2014, tiene un encabezado destacado con letras negrillas que dice: “Indebido pedir al comprador que genere su propia factura: SAT”. En los siguientes renglones se lee: “Se publica nueva regla que protege al comprador de prácticas poco claras en la emisión de la factura. El comprador no debe adquirir su factura mediante acciones como ingresar a un portal para poder obtenerla: es obligación del vendedor emitirla directamente”. Esto me funcionó con relativa facilidad hasta hace pocas semanas cuando según la última Miscelánea Fiscal, los que venden se han convertidos en auditores de Hacienda, ahora no sólo le piden al cliente generar la factura si no en caso de que éste la exija le piden como requisito sine qua non la constancia de Situación Fiscal para ver el régimen en el que está inscrito el contribuyente y comprobar si sus datos son ciertos. Esta medida va contra el sentido común, en primera no puedo cargar conmigo el mencionado documento que consta de tres hojas tamaño carta; quise hacer una reducción de tamaño de dicho escrito en un establecimiento de copiado e internet y me dijeron que está prohibido copiar documentos de la Secretaría de Hacienda; en segunda, si yo le doy mis datos fiscales es porque esos son, ¿qué derecho tiene un pinche contador a creer que el régimen fiscal al que digo pertenecer es falso?
Parte de la problemática es que se enfrenta uno a empleadas o a empleados que tienen órdenes estrictas de sus patrones o de los departamentos de contabilidad de las empresas de no emitir factura alguna. Por internet he buscado alguna instancia donde se denuncie la no entrega de facturas y pasa lo mismo que con algunos portales de facturación le doy click y me manda a otros vínculos. Pensé que la llamada Procuraduría de Defensa del Contribuyente era para eso pero no, ésta fue creada para defender al contribuyente de abusos de la propia Secretaría de Hacienda, lo cual no está mal, pero es necesario un sitio de denuncia de los vendedores que al no entregar facturas evaden impuestos.
¿Por qué los clientes además de pagar por lo adquirido tenemos que emplear nuestro tiempo en efectuar el trabajo que debe hacer el que obtuvo una ganancia con nuestra compra?