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Signos vitales Alberto Aguirre

Los detractores de AMLO

El TEPJF tardó 13 meses para resolver si la propaganda sobre la serie documental Populismo en América Latina calumnió al entonces candidato presidencial Andrés Manuel López Obrador

julio 8, 2019

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tardó 13 meses para resolver si la propaganda colocada en camiones de la Ciudad de México sobre la serie documental Populismo en América Latina calumnió al entonces candidato presidencial Andrés Manuel López Obrador y si el tráiler difundido en el noticiero de Ciro Gómez Leyva en Grupo Imagen del capítulo “El redentor furioso”, fue una adquisición indebida de tiempo en televisión.

Entre los presuntos responsables —además de Piña Digital y los directivos de esa casa productora, Javier García Mata y Virna Gómez Piña—, la autoridad electoral identificó a otras tres empresas especializadas en la comercialización de espacios publicitarios, seis televisoras de paga, a los publicistas Alejandra Sota Mirafuentes y Alejandro Quintero Íñiguez, y al entonces candidato presidencial, José Antonio Meade Kuribreña.

Gómez Piña y Mónica Bolaños Cacho Albarrán —quien contrató los 100 camiones que anunciaron la emisión del documental durante dos semanas— son empleadas de Telepersonal, una de las empresas de Quintero Íñiguez, quien junto con la exvocera calderonista fue requerido para rendir testimonio. Igualmente, el excandidato, quien cumplió a través de su abogado, Emilio Suárez, exrepresentante del PRI ante el INE.

Quintero Íñiguez, precisó, no fue su asesor, colaborador o tampoco estuvo dentro del equipo de campaña durante ese periodo electoral; Sota Mirafuentes sí lo asesoró en materia de comunicación pero no fueron contratados los servicios de Integra Metas Estratégicas, propiedad de la exfuncionaria.

Por su vinculación a otros líderes populistas —entre ellos el comandante Hugo Chávez y el expresidente brasileño Luiz Inácio Lula Da Silva—, el representante de AMLO ante el INE, Horacio Duarte Olivares, presentó una queja. Luego de tres meses, los magistrados de la sala especializada determinaron —el 21 de junio del 2018— la inexistencia de la infracción denunciada; no podía ser considerada de naturaleza electoral. Morena recurrió esa sentencia ante la Sala Superior del Tribunal Electoral, quien ordenó al INE realizar mayores diligencias.

El 9 de noviembre, la sala especializada nuevamente determinó la inexistencia de la infracción, porque “no se advertía participación de partidos políticos en la difusión de la propaganda denunciada y la misma no constituía propaganda política o político electoral”. Pero tres días después, Claudia Magaly Palma Encalada, a nombre del PAN, interpuso sendos recursos de revisión. Posteriormente, la lideresa panista de Coahuila denunciaría la difusión de teasers en NatGeo que fueron parte de una campaña en contra de Andrés Manuel López Obrador, para beneficiar al entonces candidato priista a la Presidencia.

El 13 de diciembre, los magistrados de la Sala Superior ordenaron al INE realizar las diligencias necesarias para tener certeza sobre quién contrató la publicidad denunciada, además de los términos y condiciones en que se llevó a cabo la difusión de propaganda. Y mandató la comparecencia de todos los involucrados.

La audiencia quedó para el 15 de marzo del 2019. En la víspera, la UTC concedió un diferimiento, a fin de que la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda pudiera reunir mayores elementos de prueba. Y es que ese día, en Palacio Nacional, Santiago Nieto exhibió la trama financiera detrás del documental, en la que involucró a directivos de Zimat Consultores y Gabinete de Comunicación Estratégica.

El 28 de marzo finalmente ocurrió la audiencia de pruebas y alegatos. El 3 de mayo, la magistrada presidenta, Gabriela Villafuerte Coello, propuso a sus homólogos un proyecto de resolución que fue rechazado. El expediente fue returnado a la ponencia del magistrado en funciones Carlos Hernández Toledo, quien lo llevó al pleno el pasado viernes 5.

En su voto particular, la magistrada Villafuerte Coello coincidió con sus colegas, al encontrar como responsable de la falta a García Mata y a Piña Digital, aunque consideró que Cadena Tres también merecía una sanción, no por la actividad periodística del noticiero (sic), sino por ser el medio (canal-concesionaria) donde se difundió el tráiler.

Al ser conductas graves ordinarias, la magistrada propuso una multa por 10,000 UMAS (equivalente a 806,000 pesos) para Piña Digital y de 3,000 UMAS para Cadena Tres. En la sentencia, la mayoría impuso una multa por 5,000 UMAS a la casa productora y exoneró a la televisora.

EFECTOS SECUNDARIOS

¿DESMESURADO? A través del Consejero Adjunto de Control Constitucional y de lo Contencioso de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, Raúl Mauricio Segovia Barrios, la Presidencia de la República respondió a la queja presentada por los representantes panistas Víctor Hugo Sondón y Obdulio Ávila Mayo, por presuntos delitos electorales cometidos desde Palacio Nacional. Además de considerar las acusaciones como frívolas, el abogado sostuvo que la autoridad electoral administrativa (INE) carece de competencia para conocer los hechos. Pero los magistrados de la Sala Especializada analizaron las pruebas y concluyeron que Jesús Ramírez Cuevas, coordinador general de Comunicación Social y vocero del Gobierno de la República, fue responsable de la indebida difusión del tuit de 1 de junio en la cuenta del gobierno de México, en periodo prohibido y de la indebida difusión de propaganda gubernamental el 2 de junio, en la cuenta de YouTube del gobierno de México, en veda. La sentencia fue notificada al presidente para que proceda a sancionar al servidor público, quien podría tramitar un recurso de revisión, en esa instancia, o acudir al Tribunal Fiscal.

QUEJAS. Hasta Palacio Nacional han llegado los ecos de los reclamos del líder de la bancada morenista en la Cámara Alta, Ricardo Monreal Ávila, por la injerencia de la secretaria de la Función Pública, Irma Eréndira Sandoval, en el procesamiento de la minuta de la Ley de Austeridad Republicana. Y es que en la Junta de Coordinación Política habían acordado una serie de modificaciones que aligeraba la iniciativa del Ejecutivo. La funcionaria se apersonó a la sede legislativa, marcó línea a los senadores morenistas y generó una ruptura con las fuerzas opositoras. Las actitudes facciosas y autoritarias —lamentó Monreal Ávila— dañan al proyecto lopezobradorista.

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