Con la aprobación por parte de 17 Congresos estatales, la reforma de ‘supremacía constitucional’ se volvió válida
Unos 17 Congresos estatales ya aprobaron la reforma de supremacía constitucional, apenas unas horas después de que fuera avalada en la Cámara de Diputados el miércoles por la noche.
Las primeras entidades en aprobar dicho cambio a la Constitución son Zacatecas, Ciudad de México, Sonora, Tabasco, Quintana Roo y Tamaulipas.
📰 #CongresoCDMX aprobó minuta con reforma constitucional en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución federal
▪️Se reforma el artículo 107 y adiciona un quinto párrafo al artículo 105 de la Carta Magna
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— Congreso de la Ciudad de México (@Congreso_CdMex) October 31, 2024
Le siguieron Campeche, Hidalgo, Nayarit, Oaxaca, Baja California, Chiapas, Guerrero, San Luis Potosí, Puebla, Morelos y Veracruz.
Con la aprobación por parte de 17 Congresos estatales, la enmienda constitucional se volvió válida.
#LXVILegislatura
Aprueba Congreso de Veracruz reforma en materia de inimpugnabilidadhttps://t.co/YL5nWjaiVm pic.twitter.com/LM6aqePx1f— Congreso de Veracruz (@legisver) October 31, 2024
La Cámara de Diputados aprobó en la previa una polémica reforma que establece la improcedencia de amparos y controversias contra reformas a la Constitución.
El dictamen que fortalece la supremacía constitucional y limita los alcances de las resoluciones judiciales que suspendan leyes o actos del Congreso y del Ejecutivo se envió a las legislaturas locales para su aprobación, previo a su publicación oficial y posterior entrada en vigor.
Los legisladores oficialistas de Morena y sus aliados, el Partido del Trabajo (PT) y el Verde Ecologista de México (PVEM), lograron la mayoría necesaria para aprobar la reforma tanto en lo general como en lo particular.
La reforma plantea que las disposiciones de la Constitución se mantendrán por encima de cualquier otra norma o resolución, incluso cuando se trate de acciones suspensivas dictadas por el Poder Judicial.
Entre las modificaciones, se establece que las controversias o acciones de inconstitucionalidad interpuestas contra reformas a la constitución no podrán frenar su aplicación inmediata.
Para sus impulsores, esta reforma es una defensa de la soberanía del Poder Legislativo, asegurando que las decisiones de los representantes elegidos por el pueblo no pueden quedar subordinadas a criterios judiciales.
Con información de López-Dóriga Digital